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FUNDAMENTOS

HONORABLE CAMARA:

El presente proyecto de resolución solicita al poder ejecutivo que, a través de la Dirección General de Escuelas, implemente un mecanismo de prácticas en base a “Pasantías Educativas-Laborales”, abarcando todas las orientaciones y modalidades del nivel secundario de gestión estatal y privada.

Se basa en la necesidad de conectar los ámbitos educativos con el mundo de la producción y el trabajo a efectos de dotar de herramientas reales para la vida a los futuros egresados, mediante las prácticas de las “Pasantías Educativas-Laborales”, de manera similar a lo establecido en la Resolución N°1136-DGE/12 que fuera implementada únicamente para la Dirección de Educación Técnica y Trabajo de la DGE pero aplicado a todas las modalidades educativas. La Ley 26.206 en su artículo 33, dice: “Las autoridades jurisdiccionales propiciarán la vinculación de las escuelas secundarias con el mundo de la producción y el trabajo. En este marco, podrán realizar prácticas educativas en las escuelas, empresas, organismos estatales, organizaciones culturales y organizaciones de la sociedad civil, que permitan a los/as alumnos/as el manejo de tecnologías o brinden una experiencia adecuada a su formación y orientación vocacional. En todos los casos estas prácticas tendrán carácter educativo y no podrán generar ni reemplazar ningún vínculo contractual o relación laboral. Podrán participar de dichas actividades los/as alumnos/as de todas las modalidades y orientaciones de la Educación Secundaria, mayores de DIECISEIS (16) años de edad, durante el período lectivo, por un período no mayor a SEIS (6) meses, con el acompañamiento de docentes y/o autoridades pedagógicas designadas a tal fin. En el caso de las escuelas técnicas y agrotécnicas, la vinculación de estas instituciones con el sector productivo se realizará en conformidad con lo dispuesto por los artículos 15 y 16 de la Ley Nº 26.058”.

Por otro lado, el artículo 22 de la Ley Nº 26.427 derogó el Decreto Nº 340 del 24 de febrero de 1992, que regulaba el sistema de pasantías dejando un vacío legal para el ámbito del nivel de Educación Secundaria del Sistema Educativo Nacional y que el mismo ha sido cubierto legalmente por el Decreto N° 1374 del mes deseptiembre de 2011. Sabemos que en la actualidad estas prácticas no se realizan en forma continua para cada año lectivo. Percibimos que estas prácticas son muy importantes en el conjunto de actividades formativas que también deberían realizar todos los estudiantes de Educación Secundaria Orientada -de gestión estatal y privada, conforme a la propuesta curricular, en empresas e instituciones de carácter público o privado en todo el ámbito provincial. Entendemos que las “Pasantías Educativas-Laborales” sean realizadas por los estudiantes que cursan el último año del Nivel Secundario de todas las modalidades y orientaciones, y si es posible que estén relacionadas con su educación y formación, de acuerdo a la especialización que reciben, bajo organización, control y supervisión de la unidad educativa a la que pertenecen.

El Decreto Nº 1374 sobre “Régimen General de Pasantías que rige en todo el ámbito del Nivel de Educación Secundaria del Sistema Educativo Nacional” del 7 de setiembre de 2011, las pasantías son de carácter complementario y no obligatorio en la formación de los alumnos, por lo cual se realizan por fuera de la jornada escolar y se requiere que el pasante mantenga su condición de alumno regular. Al igual que la Resolución Nº1136-DGE-12 del 27 de junio de 2012.

Las Pasantías Educativas-Laborales permiten poner en práctica habilidades y saberes en el entorno de trabajo y establecer lazos con el mundo laboral. Entre los objetivos a alcanzar con su realización, se encuentran el desarrollo de procesos sistemáticos de formación del estudiante, donde se puede articular el estudio con el trabajo y la toma de conciencia sobre el pleno ejercicio de los derechos laborales. Se debe desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades de estudio, aprendizaje e investigación, de trabajo individual y en equipo, de esfuerzo, iniciativa y responsabilidad, como condiciones necesarias para el acceso al mundo laboral, los estudios superiores y la educación a lo largo de toda la vida. El objetivo fundamental de las “Pasantías Educativas-Laborales”, es favorecer la profundización y recreación de las capacidades adquiridas en el proceso formativo, vinculadas con el trabajo y la producción en el contexto del desarrollo local y regional donde las instituciones educativas están inmersas, como también la adquisición de nuevas capacidades resultantes de un contexto de trabajo real y concreto.

Se hace necesario avanzar en la revisión de prácticas que comprometan el derecho a la educación, vinculando los estudiantes con el mundo del trabajo, la producción, la ciencia y la tecnología; habilitándolos para el ejercicio pleno de la ciudanía, para el trabajo y para la continuación de estudios, tal como lo plantea la (LEN) Ley deEducación Nacional Nº 26.206. Fortalecer los obstáculo en aquellas zonas de la provincia donde es exigua la oferta de empresas privadas con personería jurídica y donde prima, en mayor medida, las empresas u organismos del Estado -sea nacional,provincial o municipal-, que se resisten generalmente por razones administrativas, presupuestarias y financierasa brindar permisos o firmar convenios para el desarrollo de pasantías educativas en su seno. Es fundamental que las Instituciones Educativas generen escenarios posibles para estar a la vanguardia en aspectos formativos, ofreciendo condiciones para la renovación de las propuestas, de reorganización institucional y desarrollo de estrategias pedagógicas que favorezcan las trayectorias escolares de los estudiantes. El propósito principal es orientar a los estudiantes en la construcción de su proyecto de vida en los ámbitos personal, social, educativo y laboral; generando reflexión y diálogo referidos a la problemática social y, dentro de ella, a la relación entre educación y trabajo como fundamento organizador de las prácticas de inclusión de los estudiantes.

Se debe tener en cuenta que el sector empresario, previa firma de convenios de colaboración con las autoridades educativas, en función del tamaño de su empresa y su capacidad operativa favorecerá la realización de prácticas educativas tanto en sus propios establecimientos como en los establecimientos educativos, poniendo a disposición de las escuelas y de los docentes tecnologías e insumos adecuados para la formación de los estudiantes.

Estos convenios incluirán programas de actualización continua para los docentes involucrados. Además, cuando las prácticas educativas se realicen en la propia empresa, se garantizará la seguridad de los estudiantes y la auditoría, dirección y control a cargo de los docentes, por tratarse de procesos de aprendizaje y no de producción a favor de los intereses económicos que pudieran caber a las empresas. En ningún caso los alumnos sustituirán, competirán o tomarán el lugar de los trabajadores de la empresa. En definitiva, la idea es redactar un nuevo proyecto normativo, y que sea avalado por parte del Gobierno Provincial, a través de la Dirección General de Escuelas, abarcando todas las orientaciones y modalidades del nivel secundario de gestión estatal y privada, siguiendo los lineamientos del Decreto Nº 1374 del 7 de setiembre de 2011 “Régimen General de Pasantías que regirá en todo el ámbito del Nivel de Educación Secundaria del Sistema Educativo Nacional”.

Por los motivos expuestos precedentemente, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.

PROYECTO DE RESOLUCION

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Solicitar al poder ejecutivo provincial la creación de la obligatoriedad de las prácticas de “Pasantías Educativas-Laborales”, en todas las instituciones escolares de nivel secundario de la provincia, tanto de gestión estatal como privada.

ARTÍCULO 2º.- El órgano de aplicación será la Dirección General de Escuelas, quien establecerá las normas, procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar la implementación de pasantías educativas-laborales obligatorias, conforme los lineamientos del Decreto Nº 1374 del 7 de setiembre de 2011 del Régimen General de Pasantías.

ARTÍCULO 3º.- Para la implementación de las pasantías deberá conformarse un registro de empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los estudios cursados en las distintas unidades educativas.

ARTÍCULO 4º.- El organismo de aplicación deberá considerar la contratación de los seguros correspondientes para la implementación del programa de pasantías Educativas Laborales.

ARTÍCULO 5º.- De Forma.