Estará dirigído a jóvenes de entre 18 y 29 años de edad.

FUNDAMENTOS

HONORABLE CAMARA:

Somos conscientes de la compleja situación que atraviesa nuestro País, tanto a nivel económico como social. Esto se debe principalmente a las desacertadas políticas nacionales que se han implementado y que cada vez más, nos llevan a condiciones aún peores.

Los comerciantes y Pymes de Argentina viven o sobreviven en una constante situación de incertidumbre y crisis, lo cual lógicamente atenta contra el crecimiento y desarrollo de sus actividades económicas, principales generadoras de recursos y empleos genuinos. Debemos mencionar que ante lo expuesto en los párrafos anteriores, se le suma la altísima presión tributaria que asfixia al sector privado, siendo el estado su socio mayoritario. Esto genera que muchas actividades deban realizarse en la informalidad con todos los riesgos y perjuicios que esto genera tanto para el emprendedor, como para el estado mismo. Ante el contexto mencionado, surge la necesidad de articular políticas que estimulen y ayuden a los nuevos emprendedores, comerciantes, profesionales que siguen apostando por nuestro País y a pesar de todas las dificultades, toman la valiente decisión de quedarse, abrir un negocio, comercio y/o ejercer una profesión.

La Dirección de Migraciones indicó que desde mediados del 2020 al mismo período del 2021, emigraron unas 200 personas por día. Pero desde el organismo aclararon que las cifras no son exactas y que podrían ser muchas más personas las que se han ido o están preparando su partida. En general son los jóvenes de entre 25 a 35 años, profesionales recién recibidos y altamente calificados quienes deciden irse del país. Esto provoca que se estén perdiendo profesionales en diversas áreas. La Fundación Colsecor (Cooperativa de Provisión y Comercialización de Servicios Comunitarios de Radiodifusión) que es una ONG, creada en 2018 como herramienta para la integración y el fortalecimiento del sector cooperativo, realizó un estudio denominado “Medición de Calidad de Vida en Pueblos y Ciudades de la Argentina” en el que fueron encuestadas 1.400 personas con indicadores sobre bienestar en la vida cotidiana y satisfacción del lugar en el que habita. En el tópico sobre la potencialidad migratoria uno de los datos más llamativos es cuando se les preguntó a los entrevistados, ¿si tuviera la posibilidad de irse del país, cuán probable sería que usted se vaya? el 52% de los argentinos afirmó que se iría del país, pero en la franja de 15 a 24 años la respuesta creció a 78% , es decir que 8 de cada 10 jóvenes considerarían irse del país.

Es cierto que son diversos los factores los que llevan principalmente a los jóvenes a buscar otros destinos, pero principalmente radica en la falta de oportunidades que nuestro País les brinda.

Lo indicado en los párrafos anteriores motiva el presente proyecto, el cual busca que los jóvenes de entre 18 y 29 años de edad que inicien una actividad económica, queden exentos del pago de ingresos brutos por el terminode 24 meses. Es necesario resaltar que la iniciativa busca incentivar a los jovenes que a pesar de las dificultades ya mencionadas, deciden iniciar una actividad económica. Esta normativa esta dirigida a los pequeños contribuyentes (categoría A, B y C del Monotributo), que muchas veces no tienen herramientas que le permitan acceder al crédito y/o otras fuentes de financiamiento y que al momento de emprender la carga impositiva representan un gran costo, en detrimento de las inversiones necesarias para que sus comercios o actividades crezcan.

Cabe destacar que la Ley 27.676 denominada de “Alivio Fiscal”, estableció que a partir del mes de julio 2022, los monotributistas encuadrados en las categorías A y B dejarán de abonar el componente impositivo, siempre que su único ingreso provenga del régimen simplificado.

Otro punto a mencionar es que existen municipios en la Provincia de Mendoza, como es el caso de Godoy Cruz, que estableció una exención de impuestos locales para los nuevos emprendimientos que se instalen en dicho departamento. Como puede observarse, tanto desde orden nacional, como municipal ya existen iniciativas tendientes a reducir el costo impositivo para quienes inicien actividades. Si a esto le sumamos la exención que se pretende sancionar en este proyecto, un joven que inicie actividades en nuestra Provincia y siempre que sea pequeño contribuyente, contaría con un aliciente en sus primeros años comerciales.

Como ya se indicara en párrafos anteriores, es de vital importancia ayudar a nuestros jóvenes a que emprendan en nuestro País, poder dar posibilidades de crecimiento.

Por los motivos expuestos es que solicito la aprobación del presente proyecto de Ley:

PROYECTO DE LEYEL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y:

Artículo 1º.- Incorpórase como inciso 35 del artículo 189° del Código Fiscal de la Provincia, el siguiente texto:» 35. Los ingresos que obtengan los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley 24977), durante los primeros veinticuatro (24) meses desde el alta en el inicio de sus actividades económicas, siempre que cumplan con las siguientes condiciones: a) El contribuyente tenga entre dieciocho (18) y veintinueve (29) años de edad y ;b) Inicie y mantenga sus actividades dentro de las categorías «A», «B» o «C» del Régimen Simplificado Ley 24.977.

Artículo 2°.- La Administración Tributaria Mendoza (ATM) dictara las resoluciones y requisitos adicionales que pueda considerar necesarios, a los efectos de dar cumplimiento a la exención indicada en el artículo 1°.

Artículo 3°.- De forma.-